El 12 de abril de 2026, casi 27 millones de peruanos acudieron a las urnas en la primera vuelta de las elecciones generales. Lo que vino después superó cualquier guion: caos logístico en Lima, denuncias de fraude sin sustento probatorio, una oferta de recompensa calificada como cohecho, marchas en las calles, y la renuncia del jefe de la ONPE a diez días de la jornada electoral. El país llega al 23 de abril con un resultado aún no oficial, una institución electoral en transición, y una segunda vuelta pactada para el 7 de junio que definirá el marco legal en el que vivirán empresas, trabajadores y familias peruanas por los próximos cinco años.
Resumen ejecutivo: lo que está en juego
El estado actual en cuatro puntos
- Primer lugar confirmado: Keiko Fujimori (Fuerza Popular) con ~17% de votos válidos.
- Segundo lugar en disputa: Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) con ~12% supera a Rafael López Aliaga (Renovación Popular) con ~11.9% — una diferencia de menos de 18,000 votos con el 94% de actas contabilizadas.
- Resultado oficial: Pendiente. El JNE resuelve actas observadas e impugnadas; proclamación estimada para mediados de mayo.
- Segunda vuelta: 7 de junio de 2026, confirmada por la ONPE pese a la crisis institucional.
Cronología: del 12 al 22 de abril
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12
ABRJornada electoral con caos logístico en LimaEl material electoral no llegó a tiempo en sectores de Lima Metropolitana. Trece colegios electorales debieron instalar sus mesas recién el lunes 13. Las misiones de observación internacional concluyeron que las fallas no afectaron el resultado del proceso, calificándolo como creíble y transparente. No obstante, la incidencia alimentó la narrativa de irregularidades.
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12–14
ABRLópez Aliaga denuncia fraude y llama a la "insurgencia civil"Al ver que los resultados lo dejaban en tercer lugar, Rafael López Aliaga denunció fraude sin presentar pruebas, exigió al JNE declarar nulas las elecciones en 24 horas y convocó a sus seguidores a la "insurgencia civil". La abogada Indira Rodríguez y otras organizaciones legales interpusieron denuncias penales contra él por perturbación del proceso electoral e incitación al desorden público.
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15–16
ABRRecompensa de S/20,000 por pruebas de fraudeRenovación Popular ofreció S/20,000 a funcionarios del JNE o la ONPE que entregasen evidencias de irregularidades. Expertos legales calificaron el ofrecimiento como cohecho activo, tipificado en el Art. 397 del Código Penal. El partido también solicitó la anulación de 22,631 votos de Cajamarca, alegando irregularidades formales en actas.
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17–19
ABRMarcha y tensión políticaLópez Aliaga convocó una marcha para el domingo 19. Roberto Sánchez respondió públicamente: "Aprenda a ser demócrata". Los conteos de la ONPE al 91–94% mantuvieron a Sánchez en segundo lugar con ventaja que se fue consolidando.
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20
ABRJEE inicia audiencias públicas sobre actas observadasLos 60 Jurados Electorales Especiales (JEE) entraron en sesión permanente para resolver más de 33,600 actas observadas ya remitidas, con otras 30,000 aún pendientes de envío. Simultáneamente, el JNE advirtió que tramitará los 85 pedidos de nulidad presentados por distintos partidos.
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21
ABRPiero Corvetto renuncia a la jefatura de la ONPEEn carta dirigida a la presidenta de la Junta Nacional de Justicia, Corvetto señaló: "Los problemas del 12 de abril me impiden continuar". La JNJ aceptó la renuncia por unanimidad en minutos. Bernardo Pachas Serrano, abogado constitucionalista con maestría en derecho constitucional, asumió como jefe interino con plenas atribuciones para conducir el proceso hacia la segunda vuelta.
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22–23
ABREstado actual: escrutinio en curso, segunda vuelta confirmadaLa ONPE confirmó que el cronograma aprobado conduce a la segunda vuelta del 7 de junio. El JNE estima tener los resultados presidenciales oficiales a mediados de mayo. El país aguarda con incertidumbre la definición del segundo candidato.
El andamiaje legal del escrutinio: ¿qué son las actas observadas?
Para entender por qué los resultados tardan, es fundamental comprender cómo funciona el sistema de revisión electoral peruano. No se trata de opacidad: es el proceso legal diseñado precisamente para garantizar la legitimidad.
Lo que la ciudadanía ve en la ONPE durante el conteo son resultados preliminares, no la proclamación oficial. Esta distinción es fundamental: ningún candidato puede reclamar derechos sobre la base del conteo preliminar.
Las implicancias legales del "fraude" que no se probó
Desde una perspectiva jurídica, las acciones de López Aliaga abren tres frentes legales que vale la pena analizar con precisión:
Frente 1 — Cohecho activo (Art. 397 CP)
Ofrecer dinero a un funcionario público para que realice u omita un acto propio de su cargo configura cohecho activo. La pena va de 4 a 6 años de privación de libertad. No importa que el funcionario no haya aceptado: el delito se consuma con la sola oferta.
Frente 2 — Perturbación del proceso electoral (Art. 354 CP)
Impedir o perturbar el normal desarrollo de un proceso electoral mediante violencia, amenaza o cualquier medio fraudulento es delito electoral sancionado con pena privativa de libertad. Llamar a la "insurgencia" mientras el conteo sigue activo encuadra en esta figura.
Frente 3 — Los pedidos de nulidad sin sustento
Solicitar la nulidad de 22,631 votos de Cajamarca alegando irregularidades formales (firmas fuera del recuadro, omisión de horario am/pm) es un derecho legal. Sin embargo, la jurisprudencia del JNE es consistente: los defectos formales de un acta no invalidan los votos si el resultado es legible y verificable. La probabilidad de éxito de estas nulidades es baja, según analistas electorales.
Es importante destacar: el derecho a impugnar y pedir nulidades es parte del sistema democrático. El problema no es ejercer esos derechos, sino hacerlo acompañado de narrativas de fraude sin respaldo probatorio que erosionan la confianza institucional.
Lo que está realmente en juego: impacto legal según quién gane el 7 de junio
Más allá de la coyuntura, lo que importa a ciudadanos, empresas y trabajadores es entender qué cambia concretamente en el marco legal según el resultado del balotaje. Aquí un análisis por áreas:
| Área legal | Si gana Fujimori (Fuerza Popular) | Si gana Sánchez (Juntos por el Perú) |
|---|---|---|
| Constitución | Sin cambios estructurales. Mantiene la Constitución de 1993. | Propone reformar Arts. 58, 60, 62, 63 y 66 (régimen económico y estabilidad contractual). |
| Sueldo mínimo | Sin aumento explícito en el plan de gobierno. | Elevarlo a S/2,000 (hoy S/1,025) mediante auditoría social de concesiones. |
| MYPE y trámites | "Licencia 0": elimina costos y trámites, ventanilla única digital con SUNAT, SUNARP e INDECOPI. | Mayor presión tributaria a grandes empresas; modelo mixto público-privado. |
| Contratos y concesiones | Estabilidad jurídica. Respeto a contratos-ley vigentes. | Posible renegociación de contratos de concesión minera. Riesgo de revisión del Art. 62 constitucional. |
| ONP / Pensiones | Pensión mínima ONP: S/600 → S/800. Máxima: hasta S/1,100. | Reforma integral del sistema previsional. Contenido específico por definir. |
| BCRP | Mantiene autonomía e independencia del Banco Central. | Propone reformar el directorio del BCRP. Genera incertidumbre sobre política monetaria. |
| Derecho laboral | 500,000 empleos formales vía formalización de MYPE. Sin cambios explícitos a LPCL. | Reforma laboral integral. Sueldo mínimo a S/2,000 y salario docente mínimo de 1 UIT (S/5,500). |
| Minería / royalties | Incentivos tributarios a la reinversión. Régimen diferenciado para minería artesanal. | Elevar royalties mineros. Presión tributaria al 25% del PBI. |
Lo que no cambia con ningún gobierno: derechos fundamentales
Sea cual sea el resultado del 7 de junio, hay derechos que el ordenamiento jurídico protege independientemente del gobierno de turno:
- El derecho a la propiedad privada está consagrado en el Art. 70 de la Constitución. Solo puede ser afectado por razones de seguridad nacional o necesidad pública, previo pago de indemnización justipreciada.
- Los contratos vigentes entre privados están protegidos por el principio de irretroactividad de la ley (Art. 103 CP). Los cambios legislativos afectan relaciones futuras, no las ya constituidas, salvo disposición expresa con retroactividad benigna.
- Los derechos laborales adquiridos — como la CTS devengada, las gratificaciones y el récord vacacional — no pueden reducirse por decreto. Cualquier reforma laboral opera hacia adelante.
- El debido proceso y el acceso a la justicia (Arts. 139 y 148 de la Constitución) se mantienen independientemente del ejecutivo.
¿Qué debería hacer usted ahora, antes del 7 de junio?
Desde el punto de vista legal y patrimonial, hay acciones concretas que conviene tomar antes de conocer el resultado definitivo:
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1
Revise sus contratos con el Estado o concesionarios mineros
Si su empresa tiene contratos de concesión, contratos-ley o estabilidad tributaria, evalúe con un abogado qué cláusulas podrían verse afectadas por una eventual reforma del Art. 62 constitucional en un escenario Sánchez. No para alarmarse, sino para tener claridad.
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2
Evalúe su planilla laboral si tiene empleados cerca del sueldo mínimo
Un aumento del sueldo mínimo a S/2,000 implicaría ajustar CTS, gratificaciones y aportes al seguro social. Es prudente simular el impacto en su nómina antes de que ocurra, para no tener sorpresas.
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3
Formalice contratos de arrendamiento pendientes
En periodos de incertidumbre política, los contratos con mayor riesgo son los verbales o informales. Si tiene propiedades arrendadas sin contrato escrito, formalícelos ahora. El marco legal del arrendamiento no está en el debate electoral, pero la certeza jurídica siempre protege al propietario.
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4
Actualice su testamento o escrituras de sucesión
La incertidumbre política es siempre un buen momento para poner en orden el patrimonio familiar. El régimen sucesorio no es materia de debate en esta campaña, pero los plazos legales de sucesión intestada sí generan conflictos que se resuelven más fácil con documentos en regla.
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5
Consulte a un abogado antes de tomar decisiones de inversión relevantes
Si tiene en mente abrir una empresa, adquirir un inmueble o firmar un contrato comercial de largo plazo, una consulta legal preventiva hoy puede evitarle sorpresas después del 7 de junio.
Preguntas frecuentes sobre las elecciones 2026 y sus implicancias legales
El JNE ha informado que los resultados presidenciales oficiales estarán listos a mediados de mayo de 2026. Los Jurados Electorales Especiales (JEE) vienen resolviendo más de 33,600 actas observadas y 85 pedidos de nulidad. Hasta ese momento, los resultados de la ONPE son conteos preliminares, no proclamación oficial.
No. Ofrecer dinero a funcionarios del JNE o la ONPE para que entreguen información configura el delito de cohecho activo, tipificado en el Art. 397 del Código Penal peruano. Por esta razón se presentaron denuncias penales. El hecho de que el funcionario no acepte el soborno no exime de responsabilidad a quien lo ofrece.
No. La renuncia de Piero Corvetto es un acto administrativo personal. La ONPE es una institución permanente: el jefe interino Bernardo Pachas Serrano asumió con plenas atribuciones para conducir el escrutinio y organizar la segunda vuelta del 7 de junio.
Para una reforma constitucional total mediante Asamblea Constituyente, Sánchez necesitaría apoyo en el Congreso para derogar la ley que prohíbe convocarla por referéndum. Con un Congreso de mayoría conservadora, esto sería políticamente muy difícil. Podría impulsar reformas parciales de artículos específicos por la vía ordinaria del Congreso, que requiere aprobación en dos legislaturas consecutivas.
Los contratos vigentes están protegidos por el principio de irretroactividad de la ley (Art. 103 de la Constitución). Sin embargo, si se reforma el Art. 62 constitucional (estabilidad contractual), contratos con el Estado como concesiones y contratos-ley podrían ser renegociados. Para contratos entre privados, los efectos dependerán de la legislación específica que finalmente se apruebe.
¿Tienes dudas sobre cómo te afectan las elecciones?
La incertidumbre electoral es el mejor momento para revisar contratos, planillas y patrimonio con un abogado. En La Rosa & Abogados te damos orientación clara y objetiva para que tomes decisiones informadas antes del 7 de junio.
Este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría legal. Los datos electorales corresponden al estado del proceso al 23 de abril de 2026 y pueden variar conforme avance el escrutinio oficial del JNE. Para orientación en tu caso específico, consúltanos.
Fuentes: ONPE — Resultados en tiempo real · JNE — Jurado Nacional de Elecciones · Gestión — JEE inician audiencias · Infobae — Renuncia Corvetto