El cambio de gobierno en el Perú trae consigo una agenda tributaria cargada de decisiones urgentes e impopulares: los retos tributarios del nuevo gobierno peruano en 2026 —encabezados por la reforma del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y el futuro del drawback exportador— definirán el clima de inversión para los próximos años. Las empresas que comprendan hoy el mapa de riesgos fiscales podrán anticiparse, ajustar contratos y blindar su posición ante cambios normativos que, históricamente en el Perú, llegan sin períodos de gracia suficientes. En este artículo analizamos los cinco frentes tributarios más críticos, sus implicancias legales y los pasos concretos que ejecutivos, gerentes y abogados corporativos deben tomar de inmediato.
1. El Impuesto Selectivo al Consumo (ISC): ¿Reforma o Incremento Encubierto?
El ISC es, quizás, el tributo más políticamente sensible del sistema tributario peruano. Aplicado sobre combustibles, bebidas alcohólicas, cigarrillos y vehículos, este impuesto tiene una doble función: recaudatoria y regulatoria. El nuevo gobierno hereda una presión fiscal importante: la necesidad de aumentar ingresos sin afectar el consumo masivo en un contexto de recuperación económica frágil.
El debate no es menor. Incrementar el ISC sobre combustibles impacta directamente en los costos logísticos de las empresas de transporte y distribución, trasladándose inevitablemente al precio final al consumidor. Por otro lado, ampliar la base del ISC a nuevos productos —como bebidas azucaradas o plásticos de un solo uso— implicaría una reforma legislativa que requiere consenso en el Congreso.
Desde el punto de vista legal, cualquier modificación al ISC debe respetar el principio de reserva de ley tributaria consagrado en la Constitución Política del Perú, lo que significa que el Ejecutivo no puede actuar vía decreto legislativo sin una ley habilitante expresa. Las empresas importadoras y las del sector bebidas y tabaco deben monitorear estrechamente el proyecto de Ley de Presupuesto 2027 y sus anexos tributarios, que serán el vehículo normativo más probable para estas modificaciones.
2. El Drawback Exportador: Entre la Conservación y el Recorte Fiscal
El drawback —régimen aduanero que permite la restitución de derechos arancelarios pagados en la importación de insumos usados en productos exportados— es uno de los mecanismos de competitividad exportadora más valorados por la industria peruana. Sin embargo, su costo fiscal para el Estado ha sido objeto de cuestionamiento recurrente desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la SUNAT.
El nuevo gobierno enfrenta la presión de reducir el gasto tributario (tax expenditure) total, y el drawback —que según cifras del MEF representa cientos de millones de soles anuales en devoluciones— está en la mira. Una reducción de la tasa de restitución o un endurecimiento de los requisitos documentarios de acreditación podría impactar severamente a exportadores no tradicionales, especialmente en los sectores textil, agroindustrial y manufactura.
Los abogados tributaristas deben prestar atención a las resoluciones de SUNAT que regulan el procedimiento de restitución. Actualmente, las empresas que enfrentan observaciones en sus solicitudes de drawback tienen plazos estrictos para subsanar y presentar medios probatorios. Un cambio reglamentario podría alterar esos plazos o los criterios de acreditación del valor agregado nacional. Consulta las normas aduaneras vigentes en el portal de SUNAT para verificar el estado actual del procedimiento.
3. La Presión sobre el IGV y la Economía Informal: ¿Ampliación de Base o Tasas Diferenciadas?
El Perú tiene una de las tasas de IGV más altas de la región (18%), combinada con una informalidad económica que supera el 70% de la PEA. Esta combinación genera lo que los economistas llaman «brecha tributaria»: la diferencia entre lo que se debería recaudar y lo que efectivamente ingresa al fisco. El nuevo gobierno heredará estudios técnicos del MEF y recomendaciones del FMI que apuntan en dos direcciones opuestas: reducir la tasa para formalizar, o ampliar la base imponible mediante nuevos regímenes de retención y percepción.
Para las empresas formales, el riesgo está en el lado de los agentes de retención y percepción del IGV. Si el gobierno opta por ampliar el universo de agentes de retención —empresas que deben retener el IGV de sus proveedores y pagarlo directamente a SUNAT—, las obligaciones administrativas y el capital de trabajo comprometido aumentarían significativamente. Esto es especialmente crítico para empresas de construcción, retail y servicios que trabajan con cadenas largas de proveedores pequeños.
| Reto Tributario | Mecanismo Legal Involucrado | Nivel de Riesgo para Empresas | Plazo Estimado de Cambio |
|---|---|---|---|
| Reforma del ISC | Ley del Congreso / D. Legislativo con habilitación | Alto – Sectores combustibles, bebidas, tabaco | Presupuesto 2027 (oct–dic 2026) |
| Recorte o reforma del Drawback | Decreto Supremo / Resolución SUNAT | Alto – Exportadores no tradicionales | 1.º semestre 2027 |
| Ampliación base IGV / retenciones | Resolución de Superintendencia SUNAT | Medio-Alto – Retail, construcción, servicios | Inmediato a 6 meses |
| Reforma del Impuesto a la Renta corporativo | Ley del Congreso | Medio – Todos los sectores | 2.º semestre 2027 |
| Fiscalización de precios de transferencia | Reglamento IR / Acuerdos OCDE | Alto – Grupos empresariales y multinacionales | Vigente, intensificación inmediata |
4. El Impuesto a la Renta Corporativo y los Precios de Transferencia: La Fiscalización se Intensifica
El Perú viene en un proceso de alineamiento con los estándares de la OCDE en materia de erosión de base imponible y traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés). El nuevo gobierno, sea cual sea su orientación ideológica, heredará compromisos internacionales en esta materia que no son negociables si se quiere mantener la credibilidad ante inversionistas extranjeros y organismos multilaterales.
Lo que sí es variable es la intensidad de la fiscalización. SUNAT ha venido perfeccionando su capacidad analítica para detectar operaciones entre partes vinculadas con precios que no reflejan condiciones de mercado (principio arm's length). Las empresas de grupos económicos —locales o transnacionales— que no tengan su documentación de precios de transferencia al día (Declaración Jurada, Estudio Técnico y archivo maestro/local según corresponda) enfrentan contingencias tributarias significativas que pueden materializarse en cualquier momento de los próximos 18 meses.
Adicionalmente, es probable que el nuevo gobierno explore ajustes en las tasas del Impuesto a la Renta de tercera categoría o en el tratamiento de dividendos, especialmente en sectores considerados de alta rentabilidad como minería, banca y telecomunicaciones. Cualquier incremento requerirá ley expresa, pero los cambios reglamentarios en deducciones admitidas pueden hacerse con menor tramitación legislativa.
5. La Reforma de los Regímenes Tributarios para Pymes: MYPE Tributario y RER en el Banquillo
El Régimen MYPE Tributario (RMT) y el Régimen Especial de Renta (RER) fueron diseñados para facilitar la formalización de pequeñas y medianas empresas con cargas tributarias reducidas. Sin embargo, su uso ha generado un fenómeno preocupante para el fisco: la atomización artificial de empresas grandes en múltiples unidades más pequeñas para aprovechar tasas menores, conocida coloquialmente como «fraccionamiento empresarial».
El nuevo gobierno tiene ante sí el desafío de corregir este abuso sin destruir el incentivo genuino a la formalización. Las opciones técnicas en discusión incluyen: (i) establecer criterios más estrictos de vinculación empresarial para determinar quién realmente califica a cada régimen; (ii) modificar los umbrales de ingresos; y (iii) crear un régimen de transición progresiva hacia el Régimen General. Cualquier reforma que endurezca los criterios de acceso al RMT impactará especialmente a empresas familiares en etapa de crecimiento que hoy están en ese régimen legítimamente.
Lo que esto implica para tu empresa
- Audita tu posición en drawback antes de que cambien las reglas. Si tu empresa exporta y aplica este régimen, revisa que toda la documentación de trazabilidad de insumos importados esté completa y actualizada. Un cambio de criterios de SUNAT aplicado retroactivamente puede convertir devoluciones ya cobradas en deudas tributarias. Encarga a tu área legal o a un abogado tributarista un diagnóstico de contingencias en las últimas 4 solicitudes presentadas.
- Evalúa tu exposición al ISC si eres distribuidor, importador o fabricante de productos afectos. Simula escenarios de incremento de tasa del 5%, 10% y 20% en tus modelos de costeo y pricing. Define ya qué cláusulas contractuales con clientes o proveedores necesitas renegociar o proteger ante un alza de ISC, antes de que el proyecto de presupuesto se presente al Congreso en octubre.
- Pon en orden tu documentación de precios de transferencia si perteneces a un grupo económico. La intensificación de la fiscalización de SUNAT en este frente no depende del color político del gobierno: es una tendencia estructural. El estudio técnico de precios de transferencia del ejercicio 2025 debe estar listo antes del vencimiento de la declaración jurada anual correspondiente. No esperes la notificación de una fiscalización para actuar.
- Si eres pyme en RMT o RER, analiza tu exposición a un eventual cambio de criterios de vinculación. Si tienes empresas relacionadas con las que compartes directivos, accionistas, locales o clientes, consulta con un abogado tributarista si tu estructura actual podría ser cuestionada bajo nuevas reglas. La reestructuración preventiva, cuando es legítima y documentada, es siempre más barata que un proceso de fiscalización.
¿Qué Deben Hacer las Empresas Ahora? Pasos Concretos de Preparación Fiscal
La incertidumbre normativa no es razón para la parálisis: es, precisamente, el momento en que una gestión legal y tributaria proactiva marca la diferencia entre empresas que absorben el cambio y empresas que lo padecen. A continuación, una hoja de ruta accionable:
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1
Realiza un diagnóstico tributario integral antes de fin de año
Encarga a tu asesor legal o contador una revisión de las principales contingencias tributarias abiertas: IGV, Renta, retenciones de quinta categoría y tributos aduaneros. Identifica qué posiciones podrían ser cuestionadas bajo un escenario de mayor fiscalización y define si corresponde regularizar voluntariamente (con los beneficios de la regularización espontánea) o defender la posición con argumentos sólidos.
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2
Monitorea el Proyecto de Ley de Presupuesto 2027 cuando se publique
Este documento, que el Ejecutivo debe presentar al Congreso antes del 30 de agosto de cada año, suele incluir anexos con medidas tributarias que acompañarán su financiamiento. Es el primer documento oficial donde verás las intenciones concretas del nuevo gobierno en materia de ISC, drawback y otros tributos. Asigna a alguien de tu equipo legal o de finanzas el seguimiento puntual de este documento en el portal del Congreso de la República del Perú.
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3
Revisa y actualiza tus contratos con cláusulas de variación tributaria
Los contratos de largo plazo —suministro, distribución, servicios, arrendamiento de bienes para actividad empresarial— deben incluir cláusulas que permitan trasladar o renegociar incrementos de costos derivados de cambios normativos tributarios. Si tus contratos actuales no las tienen, es el momento de incluirlas en las renovaciones o adendas que gestiones en los próximos meses.
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4
Evalúa si tienes recursos de reclamación o apelación pendientes ante SUNAT o el Tribunal Fiscal
Un cambio de gobierno suele venir acompañado de cambios en criterios interpretativos de la administración tributaria. Si tienes procedimientos contenciosos tributarios en curso, analiza con tu abogado si la nueva composición del Tribunal Fiscal o cambios en la posición institucional de SUNAT pueden afectar —positiva o negativamente— el resultado esperado de tu caso.
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5
Activa un plan de cumplimiento tributario preventivo (Tax Compliance)
Define un calendario de obligaciones tributarias para el segundo semestre de 2026 y el primer semestre de 2027, incorporando los posibles nuevos vencimientos o requisitos que generen las reformas. Un programa de tax compliance no solo reduce riesgos de sanciones: también mejora la posición negociadora de la empresa ante eventuales procedimientos de fiscalización, al demostrar buena fe y diligencia en el cumplimiento.
Preguntas Frecuentes sobre los Retos Tributarios del Nuevo Gobierno Peruano
No completamente. El drawback está regulado por la Ley General de Aduanas y por decretos supremos reglamentarios. El Ejecutivo sí puede modificar la tasa de restitución y los requisitos procedimentales mediante decreto supremo refrendado por el MEF y el MINCETUR, sin necesidad de una ley del Congreso. Sin embargo, si quisiera eliminar el régimen por completo, necesitaría modificar la norma con rango de ley que lo sustenta. En la práctica, los cambios más probables —reducción de tasa o endurecimiento de requisitos documentarios— son perfectamente posibles vía decreto supremo o resolución de SUNAT.
La ausencia o deficiencia del estudio técnico de precios de transferencia constituye una infracción tributaria sancionable con multa, además de que SUNAT puede presumir que las operaciones entre partes vinculadas no se realizaron a valor de mercado y efectuar ajustes que incrementen la base imponible del Impuesto a la Renta. Esos ajustes generan tributo omitido más intereses moratorios. En casos de montos significativos, también puede configurarse responsabilidad penal tributaria. Lo más recomendable es regularizar preventivamente antes de recibir una carta inductiva o esquela de citación.
Sí, y es uno de los riesgos más concretos para empresas con contratos de largo plazo. Si el contrato no incluye una cláusula de variación tributaria o de hardship (excesiva onerosidad sobreviniente), el vendedor o proveedor podría verse obligado a absorber el incremento del ISC sin poder trasladarlo al cliente. La normativa civil peruana —según la normativa aplicable en materia de contratos— permite invocar la excesiva onerosidad sobreviniente en contratos de ejecución continuada, pero es un proceso judicial o arbitral que toma tiempo. La mejor protección es preventiva: incluir la cláusula antes de que ocurra el cambio.
A la fecha de publicación de este artículo (agosto de 2026), no existe un proyecto de ley aprobado que modifique el RMT. Sin embargo, las señales del debate técnico apuntan a que en el presupuesto 2027 o en una ley tributaria complementaria podría ajustarse la definición de vinculación empresarial o los umbrales de ingresos. Si tu empresa está legítimamente en el RMT y dentro de los límites actuales, no hay razón para migrar apresuradamente. Lo que sí debes hacer es documentar con precisión que no existe vinculación con otras empresas que en conjunto superen los umbrales, y tener esa documentación disponible ante una eventual fiscalización.
El gasto tributario son los ingresos que el Estado deja de percibir por exoneraciones, inafectaciones, deducciones especiales, tasas reducidas y regímenes especiales como el drawback, las exoneraciones de IGV en la Amazonía o las deducciones especiales del Impuesto a la Renta. El MEF publica anualmente un informe de gasto tributario que cuantifica su magnitud. Cuando el gobierno necesita aumentar la recaudación sin subir tasas nominales, la primera línea de acción es reducir o eliminar estos beneficios. Esto afecta directamente a empresas que operan en zonas con beneficios tributarios especiales, exportadores que usan el drawback, y empresas de sectores con regímenes preferenciales. Revisar qué beneficios usa tu empresa y su solidez jurídica es una tarea urgente.
¿Tu empresa está preparada para los cambios tributarios que vienen?
En La Rosa & Abogados acompañamos a empresas peruanas en la gestión de riesgos tributarios, revisión de contratos ante cambios normativos y defensa ante procedimientos de SUNAT. Conversemos antes de que el cambio llegue sin aviso.
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